ARTÍCULO 29: La Comisión Especial de Análisis y Propuestas de Solución al problema del Desempleo Médico, tendrá entre otras las siguientes atribuciones:
Definir con toda precisión cuando un Médico se considera Desempleado y/o Sub Empleado.
Determinar exactamente el número de Médicos Desempleados y/o Sub Empleados en todo el país.
Estudiar y proponer aquellas alternativas viables y factibles a la solución del problema del Desempleo Médico.
Analizar la capacidad de oferta y demanda del Recurso Médico en las diferentes instituciones gubernamentales y no gubernamentales del país.
Preparar un plan quinquenal que racionalice la formación y uso del recurso Médico en el país.
Definir modalidades de Empleo Médico en las Instituciones Gubernamentales y no Gubernamentales sin afectar la dignidad y el decoro profesional del Médico.
Organizar los Médicos Desempleados y Sub-Empleados para buscar con ellos las alternativas de solución al problema.
Cualquier otra que la Comisión Especial estime pertinente.
ARTÍCULO 30: La Comisión Especial de Análisis y Propuestas de Solución al problema del Desempleo Médico, será coordinada y sub-coordinada por el Presidente y por el Secretario de Acción Social y Laboral de la Junta Directiva del Colegio Medico de Honduras respectivamente, estará integrada por siete (7) miembros y se reunirá por lo menos una vez al mes, sus decisiones serán por consenso y para ejecutarlas deberán ser aprobadas previamente por la Junta Directiva del Colegio.