COMISIÓN DE ANÁLISIS Y SALVAGUARDA LABORAL Y SALARIAL
ARTÍCULO 33: La Comisión Especial de Análisis y Salvaguarda Laboral y Salarial del Médico Empleado, tendrá entre otras las siguientes atribuciones:
Promover la concientización del Médico para el cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades como profesional y trabajador de la Salud.
Divulgar a nivel interno del Gremio Médico sus deberes y derechos tipificados en la Ley Orgánica y demás reglamentos del Colegio Medico de Honduras y la Ley del Estatuto del Médico Empleado y su Reglamento.
Preparar un Plan Especial y Quinquenal para la sostenibilidad y mejoras salariales del Médico, en base a la Ley del Estatuto del Médico Empleado.
Evaluar las condiciones en que el médico labora y propondrá las mejoras pertinentes para garantizar la bioseguridad y la salud mental del médico empleado.
Revisar periódicamente y proponer los ajustes que correspondan en materia laboral y salarial al Médico Empleado.
Motivar permanentemente al Médico para la defensa de sus derechos gremiales y laborales.
Incentivar al Colegiado para la defensa y fortalecimiento de su organización gremial, el Colegio Medico de Honduras.
Coordinar con otras organizaciones similares, acciones para la defensa de los derechos de los trabajadores.
Celebrar alianzas estratégicas con otras organizaciones afines, tanto nacionales como internacionales para la defensa de los derechos de los trabajadores y de la población para preservar y fortalecer su derecho a la salud.
Otras que la Comisión Especial considere pertinentes.
ARTÍCULO 34: La Comisión Especial de Análisis y Salvaguarda Laboral y Salarial del Médico Empleado, será coordinada por el Presidente, formarán parte de la misma el Fiscal y las Secretarías de Acción Social y Laboral de Actas y Correspondencia de la Junta Directiva y estará integrada además por el Asesor Legal del Colegio, el Jefe de la Oficina de la Defensa Jurídica del Colegiado y nueve (9) miembros.- Las decisiones se tomarán por consenso y para su implementación deberán ser aprobadas previamente por la Junta Directiva del Colegio.