VICEPRESIDENTE

DR. HAROLDO ARTURO LOPEZ GARCIA

El cargo de Vicepresidente(a) de la Junta Directiva del Colegio Médico de Honduras como organización de gobierno, resulta de un proceso democrático de elección del gremio médico nacional a través de la Asamblea General Ordinaria que se realiza cada dos años y de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica Artículo 32.


 

Constituyen sus atribuciones las siguientes:

a) Coordinar y ejecutar la sustitución del Presidente(a) en su ausencia.
b) Representar al Colegio Médico de Honduras en la integración de la Junta Directiva del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) como miembro propietario.
c) Desempeñar y cumplir con misiones oficiales, nacionales e internacionales cuando así lo decida la Junta Directiva del Colegio Médico de Honduras.
d) Conocer y analizar la práctica médica de toda Brigadas Extranjera en relación al cumplimiento estricto de nuestras leyes y proyección social de sus actividades.
e) Conocer e investigar cuando se le solicite el tipo de relaciones laborales entre médico y patrono con el fin de establecer un clima de armonía y protección de los derechos gremiales contemplados en la Ley Orgánica y Ley del Estatuto del Médico Empleado.
f) Contribuir al mejoramiento y supervisión en el cumplimiento de los derechos en la protección del médico pensionado, jubilado e inhabilitado física y mentalmente.
g) Visitar periódicamente a las delegaciones y subdelegaciones médicas departamentales, para conocer y resolver sus problemas.
h) Formar parte de comisiones especiales en base a políticas de la Junta Directiva y de las Asambleas General Ordinaria y Extraordinaria.
i) Revisar y actualizar de acuerdo a su importancia Reglamentos del Colegio Médico de Honduras en materia administrativa, económica y financiera.
j) Contribuir en el desarrollo y fomento del espíritu único y solidario de los afiliados en base a las funciones: gremial, universitaria, ética y social para exaltar la imagen del médico hondureño.
k) Firmar los cheques que emite el Colegio Médico de Honduras; en ausencia del presidente(a) y Secretario(a) de Finanzas o Tesorero.

 

Requisitos contemplados en el Reglamento Interno del Colegio Médico de Honduras Artículo 41 para ser miembro de la Junta Directiva se requiere:

a) Ser hondureño por nacimiento
b) Estar colegiado y en el pleno goce de sus derechos.
c) Tener más de cinco años de estar colegiado.
d) No tener cuentas pendientes con el Tesoro del Colegio.

El mundo moderno exige de los representantes de la Junta Directiva del Colegio Médico de Honduras:

a) Identificación gremial.
b) Honradez personal.
c) Capacidad técnica, científica y administrativa comprobada.
d) Transparencia en sus actos profesionales.
e) Rendición de cuentas.